Inspección y mantenimiento de un Sistema de Control de Temperatura y Evacuación de Humo.
Los sistemas de evacuación de humo deben estar siempre operativos y con un adecuado mantenimiento para que en caso de incendio funcionen correctamente. Hoy en día ya es obligatorio, por lo que están incluidos el nuevo RIPCI (Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios) pero, aparte de esto, hemos de tomar conciencia de que son de vital importancia, porque de manera habitual nos van a ayudar en un incendio de 4 maneras diferentes:
- Salvar Vidas: esta es su la tarea más importante, ya que permite que el humo provocado por la combustión salga por la parte superior del edificio y manteniendo las vías de evacuación despejadas de humo.
- Evitar el colapso de la estructura: el aire exterior de renovación se introduce en la capa de humo a través del penacho (columna de humo) y realiza una disminución importante de la temperatura de la capa de humo evitando el colapso de la cubierta.
- Evita la combustión del resto de las mercancías por Flashover: al igual que el caso anterior, la disminución de calor en la capa de humos evita que la temperatura de la capa de humo alcance la temperatura de flashover (>650 ºC) y que se pueda producir una combustión súbita generalizada del resto de materiales combustibles del edificio.
- Ayuda a los servicios de extinción a apagar el fuego más rápidamente: El mantener una capa inferior libre de humo permite a los servicios de extinción visibilizar y llegar al foco del incendio de una manera más ágil y llegar a él sin humo.
Por estas razones nuevo RIPCI establece una obligatoriedad de inspección y mantenimiento según los siguientes periodos:
Cada tres meses:
- Comprobar que no se han colocado obstrucciones o introducido cambios en la geometría del edificio (tabiques, falsos techos, aperturas al exterior, desplazamiento de mobiliario, etc.) que modifiquen las condiciones de utilización del sistema o impidan el descenso completo de las barreras activas de control de humos.
- Inspección visual
Cada seis meses:
- Comprobación del funcionamiento de los componentes del sistema mediante la activación manual de los mismos.
- Limpieza de los componentes y elementos del sistema.
Cada año:
- Comprobación del funcionamiento del sistema en sus posiciones de activación y descanso, incluyendo su respuesta a las señales de activación manuales y automáticas y comprobando que el tiempo de respuesta está dentro de los parámetros de diseño.
- Si el sistema dispone de barreras de control de humo, comprobar que los espaciados de cabecera, borde y junta (según UNE-EN 12101-1) no superan los valores indicados por el fabricante.
- Comprobación de la correcta disponibilidad de la fuente de alimentación principal y auxiliar.
- Engrase de los componentes y elementos del sistema.
- Verificación de señales de alarma y avería e interacción con el sistema de detección de incendios.
Todas estas operaciones han de ser realizadas por una empresa de mantenimiento registrada en el MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, Y COMPETITIVIDAD a tal efecto en alguna de las comunidades autónomas del territorio español, y estas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Disponer de la documentación que identifique a la empresa mantenedora, que en el caso de persona jurídica, deberá estar constituida legalmente.
b) Disponer de personal contratado, adecuado a su nivel de actividad, conforme a lo establecido en los tres últimos puntos de este articulo.
c) Disponer de los medios materiales técnicos para el desarrollo de su actividad, incluyendo, en todo caso, el utillaje y repuestos suficientes e idóneos para la ejecución eficaz de las operaciones de mantenimiento en condiciones de seguridad.
d) Suscribir un seguro de responsabilidad civil, avales u otras garantías financieras otorgadas por una entidad debidamente autorizada, que cubran los riesgos de su responsabilidad, respecto a daños materiales y personales a terceros, por una cuantía mínima de 800.000 euros, sin que dicha cuantía limite dicha responsabilidad.
e) Disponer de un certificado de calidad del sistema de gestión de la calidad implantado, emitido por una entidad de certificación acreditada, según los procedimientos establecidos en el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial, aprobado por Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. El alcance del correspondiente certificado deberá incluir, explícitamente, el mantenimiento de todos y cada uno de los equipos o sistemas para los que se solicita la habilitación.
Y por último respecto al personal de una empresa mantenedora se debe cumplir:
- Las empresas instaladoras y/o mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios deberán contar con personal contratado, como mínimo, con un responsable técnico de la empresa, en posesión de un título de escuelas técnicas universitarias, u otra titulación equivalente, con competencia técnica en la materia.
- Las empresas instaladoras y/o mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios deberán contar dentro del personal contratado, como mínimo, con un operario cualificado para cada uno de los sistemas para los que están habilitadas, pudiendo un mismo operario estar cualificado para uno o varios sistemas.
- Tal y como se establecen en los artículos 11 y 16 del RIPCI, el personal cualificado citado en el apartado anterior, deberá poder acreditar ante la Administración competente.